Dicho esto, esta Juzgadora en aras de corregir el error material involuntario cometido, ordena dar por terminado el presente Cuaderno de Medidas; en ese sentido, se ACUERDA que las actuaciones que se identifican a continuación: Resolución de fecha 05 de noviembre de 2010, mediante la cual se decretó Medida de Secuestro; Despacho de Comisión de la misma fecha 05 de noviembre de 2010, así con el Oficio N° 642/2010, con la misma fecha; y Escrito suscrito por el abogado ROBERTO HUNG, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante el cual retira en fecha 08 de noviembre de 2010, Despacho y Oficio, formen parte del Cuaderno de Medidas N° AH12-X-2009-000016, aperturado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que es como verdaderamente corresponde. Así se establece.
En atención a lo anterior, déjese constancia mediante auto en el Cuaderno de Medidas N° AH1.....