es por ello que este Juzgado Primero de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Jerónimo de Guayabal del Estado Guárico en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, conforme a lo dispuesto en los artículos 26, 49 ordinal 1º, 253 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en relación con los artículos 12, l15, 242, 243 y 267 del Código de Procedimiento Civil declara la PERENCIÓN DE INSTANCIA en el presente juicio y en consecuencia EXTINGUIDO EL PROCESO, siendo las once (11:00 am)de la mañana, a tal efecto se ordena notificar a las partes de la presente decisión a fin de que ejerzan los recurso que crea conveniente sobre la presente decisión.- Se ordena la remisión del presente expediente al Archivo inactivo. Notifíquese a las partes
La Juez ,
Dra. DELIA GONZALEZ IBARRA. La Secretaria,
ABG. MAYRA URBANEJA
EXP.2230
Dg/mu