DISPOSITIVA
En virtud del mandato de la parte In- Fine del artículo 299 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que la Ley este Juzgado Superior Agrario del Estado Guárico declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado JORGE RODRIGUEZ BAYONE, Inpreabogado Nº 27.316, en representación del MERCANTIL C.A. BANCO UNIVERSAL, domiciliada en Caracas, originalmente inscrita en el Registro de Comercio que llevaba el antiguo Juzgado de Comercio del Distrito Federal, el 03 de Abril de 1925, bajo el numero 123, cuyos estatutos societarios actuales han sido modificados y refundidos en un solo texto, según consta de documento inscrito en el Registro Mercantil Primero de la circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda el 06 de Agosto de 2008, bajo el numero 13, Tomo 121-A-Pro.(ASÍ SE DECIDE).-
SEGUNDO: Se anula en todas y cada una de sus partes el auto de fecha 10 de Noviembre de 2.010 .....