Este JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, pasa a dictar el dispositivo en el presente caso, declarando lo siguiente:
PRIMERO: EL DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN, POR PÉRDIDA DEL INTERÉS en el juicio de INTERDICTO RESTITURORIO, incoado por el Ciudadano JOSÉ RAMÓN VARELA VARELA, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 69.616, en su carácter de Gerente de la compañía RURALCA S.A, sociedad mercantil de este domicilio, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 08 de octubre de 1952, anotado bajo el N° 657, Tomo 2-D, según se evidencia del Acta de Asamblea registrada por ante el Registro Mercantil Cuarto de la circunscripción Judicial del Distrito Federal y Est.....