Este Juzgado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN EFECTUADA ENTRE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, pero no se ordena el archivo del expediente hasta tanto se aperture la Audiencia Preliminar de los restantes coactores en virtud del Principio de la Unidad del Proceso.