PARTE DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriores de hecho y de derecho, este Juzgado Décimo Noveno (19º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área
Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN suscrita entre las partes por un monto único de SEIS MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CIENTO NOVENTA Y SEIS CON QUINCE CÉNTIMOS (6.769.196,15 Bs.). SEGUNDO: IMPROCEDENTE LA SOLICITUD DE HOMOLOGACIÓN DEL PAGO A LA PARTE ACTORA POR UN MONTO DE DIECISEIS MIL DÓLARES AMERICANOS (US$. 16.000,00) POR SER MONEDA EXTRANJERA Y NO DE CIRCULACIÓN NACIONAL. TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS DADA LA NATURALEZA DE LA DESICIÓN. Publíquese y Regístrese, Déjese copia certificada. Se ordena la publicación en la Página del T.....