este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: DECLARAR NULAS todas las actuaciones ocurridas en el juicio a partir del día 21 de Marzo de 2016, inclusive, fecha en la cual este Tribunal le dio entrada al expediente, en virtud de la Inhibición formulada por el Juez del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y repone la causa al estado de Agregar Pruebas, para lo cual se ordena desglosar las pruebas promovidas por la representación de la parte demandada y asimismo se acuerda notificar a la partes del presente fallo y una vez conste en autos la notificación de las partes comenzara a transcurrir el lapso de oposición de las mismas, de conformidad con lo estableci.....