Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo (17°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda interpuesta por cobro de diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, incoada por la ciudadana DARKIS MILLENY CARRILLO SUAREZ, titular de la cédula de identidad Nº V.- 13.893.722, debidamente asistida por los abogados ANGEL ROJAS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 88.662, ROXANA SANDEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 76.674 y JOSE GREGORIO FAJARDO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 95.909, en contra de la empresa LOS CAMPITOS III AUTOMERCADOS, C.A., OPERADORA DEL FONDO DE COMERCIO RESTAURANT LA GROTTE. Así d.....