este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el presente procedimiento y accion e imparte su HOMOLOGACION de conformidad con el articulo 265 del Código de Procedimiento Civil y ordena la entrega al apoderado judicial los originales previa certificación por secretaria, se acuerda el cierre de la presente solicitud y su remisión al Archivo Judicial.- Cúmplase.-