En razón de todos los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
UNICO: Niega el decreto de medida de secuestro solicitada por el abogado Antonio De Gennaro Altamira, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Juan Francisco Narea Arce, parte actora, sobre el inmueble objeto de su pretensión, en el juicio seguido contra el ciudadano Rubens Rafael Romero Barón, ambas partes identificadas en el encabezamiento del fallo.