De las reproducciones, copias y experimentos
En cuanto a la promoción probatoria con base a lo establecido en el artículo 502 del Código de Procedimiento Civil de Venezuela, esta Juzgadora observa que, no obstante en el Proceso Laboral rige el Principio de Prueba Libre, la adquisición procesal tiene como valor de fundamento la incorporación de probanzas idóneas y conducentes para la resolución de la causa que se somete a disciplina por el Jurisdicente, y en ese sentido la promovida versa sobre la ejecución de fotocopias simples cuya teleología se desconoce, en hombros de este Despacho, y sobre instrumentos que, no solo la demandante ha solicitado en exhibición, sino que la misma promovente pretende acreditar a través de una inspección judicial que se ha admitido, y muchos de los cuales se han incorporado por parte de la empresa mediante el mecanismo establecido en el artículo 77 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo como legajo marcado "E" resultando la promovida MANIFIESTAMENTE IM.....