Niega al ciudadano OSCAR YOVANNY UTRERA VELASQUEZ, asistido por el Profesional del Derecho VICTOR ASDRUBAL DIAZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social de Abogado bajo el Nº 213.505 la Medida Preventiva de Embargo solicitada sobre bienes de la demandada empresa mercantil PANADERIA LAS MARAVILLAS, C.A. Y así se decide. Expídase copia certificada de la presente decisión y archívese en el copiador llevado al efecto por el Tribunal. Déjense correr los lapsos a los fines de la interposición de los recursos a que hubiera lugar