Niega a la parte actora el ciudadano ANGEL COLON, asistido judicialmente por el profesional del derecho AQUILES MALUENGA, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 78.904, la Medida Preventiva de conformidad con el articulo 588 Parágrafo Primero del Código de Procedimiento Civil contra EMPRESA MIXTA SOCIALISTA ARROZ DEL ALBA, MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA AGRICULTURA PRODUCCIÒN Y TIERRA (MPPPAPT), CORPORACIÒN ÙNICA DE SERVICIOS PRODUCTIVOS Y ALIMENTICIOS C.A. Y CORPORACIÒN DE DESARROLLO AGRICOLA S.A. Y así se decide, se aperturará el lapso para el ejercicio de los recursos a que hubiera lugar.