Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Quinto (5°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO el desistimiento del procedimiento incoado por el ciudadano NEPTALI JOSE FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-10.984.585; debidamente asistido por el profesional del derecho ciudadano FRANCISCO RENGIFO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 54.946, ello atendiendo a lo dispuesto en los artículos 263, 264 y 266 del Código de Procedimiento Civil norma cuya aplicación analógica se adopta conforme al artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
SEGUNDO: TERMINADO EL PRESENTE PROCESO, en relación al ciudadano NEPTAL.....