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Por las motivaciones que anteceden, este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para continuar con la ejecución de la sentencia dictada en fecha seis (06) de agosto de dos mil doce (2012) por el Juzgado Superior la cual declaró la nulidad absoluta de la Providencia Administrativa N° 94-2011 de fecha 19 de mayo de 2011, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, y por tanto proceder a la ejecución del reenganche en su puesto de trabajo del ciudadano MILKO JOSEPH PEÑA CARREÑO y pago de salarios caídos, según exhorto librado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Jdicial del Estado Miranda, con sede en los Teques y por tanto, DECLINA COMPETENCIA en el Juzgado Primero de Prim.....