Por todas las consideraciones que han quedado expuestas, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, de conformidad con lo establecido en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, la nulidad de todas las actuaciones realizadas en el presente juicio por parte de la ciudadana REINA ELIZABETH SEQUERA, debidamente identificada en autos. En este sentido, se declara la nulidad de todas las actuaciones posteriores y consecutivas a partir de la diligencia de fecha 25 de marzo de 2.014, exclusive, fecha en que el ciudadano RICARDO TOVAR, Alguacil adscrito a la Coordinación de Alguacilazgo respectiva, dejó constancia de su imposibilidad de practicar la intimación personal de la parte demandada, excepto la presente Decisión y las actuaciones posteriores a la misma, y se repone la causa al esta.....