DISPOSITIVA
Por todas la razones expuestas este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución Nº 02 del Circuito Judicial Penal de Estado Guárico DECLARA que el penado José Raúl Lara Méndez, ha Redimido de su condena Tres (03) meses, veintidós (22) días y Doce (12) horas, por lo que sumado al tiempo de detención que para el día de hoy (22/11/2007) es de Tres (03) años y Siete (07) días de prisión, que sumados al tiempo de redención de Tres (03) meses, Veintidós (22) días y Doce (12) horas, nos da un total de detención de Tres (03) años, Tres (03) meses, Veintinueve (29) días y Doce (12) horas; y en virtud que fue condenado a cumplir la pena de Cuatro (04) años, Dos (02) meses y Cinco (05) días; le falta por cumplir Diez (10) meses, Cinco (05) días y Doce (12) horas de prisión que cumplirá definitivamente el 28 de septiembre de 2009 a las doce del medio día, todo de conformidad con lo artículo 3 y 6 Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio y .....