Por las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer la presente Acción de Amparo Constitucional.
SEGUNDO: ADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano VICENTE EMILIO VELUTINI BENEDETTI, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-3.157.847, asistido por las abogadas, ESTRELLA DE LA C. RUÍZ MARÍN y WILMARY JOSEFINA LÓPEZ MARTÍNEZ, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 10.728 y 129.841, por la presunta violación de Derechos y Garantías Constitucionales contra las actuaciones judiciales emanadas del Tribunal Sexto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, a.....