este órgano jurisdiccional administrando Justicia el Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA PRESENTE INSTANCIA, en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN), iniciara la Sociedad Mercantil BANCO PROVINCIAL S.A., BANCO UNIVERSAL, contra la Sociedad Mercantil LIBRERÍA Y PAPELERÍA PIÑA, C.A. Asimismo, no hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.-