Se dicto sentencia definitiva mediante la cual declara CON LUGAR la solicitud de divorcio interpuesta.
En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos ALFREDO JOSÉ HURTADO FIGUEROA e IRIS MARGARITA URBANEJA CALDERÍN, el nueve (09) de enero de 1987, ante la Jefatura Civil de la Parroquia San Agustín, Departamento Libertador del Distrito Federal, asentado bajo el Acta N° 1, en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados durante ese año por ese Despacho.
A los fines previstos en los artículos 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil, 475 y 506 del Código Civil, se ordena librar oficios al Registrador Civil de la Parroquia San Agustín, Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, al Registro Principal Civil del Distrito Capital y a la Oficina Nacional de Registro Civil (Distrito Capital) del Consejo Nacional Electoral (CNE), anexo a copia certificada de la presente decisión, una vez que sea declarada definitivamente firme, orden.....