PRIMERO: MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA DE ASEGURAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN, en todas las plantas torrefactoras, y en especial en la planta Torrefactora de La Yaguara- Caracas, perteneciente a la sociedad mercantil "CAFÉ FAMA DE AMÉRICA S.A", (antes denominada Agrocafétalera Feliz Amanecer, C.A.), inscrita ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 27 de Febrero de 2002, bajo el Nº 98, Tomo 637-A- Qto. (Expediente Nº 483712), y decretada su expropiación mediante Decreto N° 7.035 de fecha 10 de noviembre del 2009 y publicado en la Gaceta Oficial No. 39.303 de la misma fecha, de conformidad con lo establecido en los artículos 305 y 306 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 196 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, 5 y 6 de la Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior, en consecuencia se ordena de .....