SE DECLARA que el penado RAMOS GUEVARA PEDRO MERCEDES, titular de la cédula de identidad Nº 11.122.836, ha REDIMIDO de su condena DIEZ (10) meses y VEINTINUEVE (29) días, QUE SUMADO AL TIEMPO DE DETENCION de conformidad con el artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal para el día de hoy (23/01/2004), DA UN TOTAL de TRES (03) años y CINCO (05) días, por lo que LE FALTA POR CUMPLIR ONCE (11) meses y VEINTICINCO (25) días que CUMPLIRA DEFINITIVAMENTE en fecha DIECIOCHO DE ENERO DE DOS MIL CINCO, (18-01-2005) a las doce de la noche. Todo conforme al artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, 3 y 6 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio. Remítase a la Dirección del centro de reclusión, copia certificada del respectivo auto.