Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera instancia en funciones de ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico- Sede San Juan de los Morros , Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA INCLUSION para optar al beneficio de REDENCIÓN JUDICIAL DE LA PENA POR EL TRABAJO, EL ESTUDIO y LAS ACTIVIDADES CULTURALES y DEPORTIVAS, al penado TEODORO ANTONIO RON PEREZ; Venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-16.364.486, natural de San Juan de los Morros, estado Guárico, nacido en fecha 11-01-1984, de 33 años de edad, de estado civil soltero, de ocupación u oficio obrero, hijo de Carmen Pérez y de Teodoro Ron, residenciado en la urbanización Banco Obrero, sector 03, San Juan de los Morros, estado Guárico, actualmente Recluido en el Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental " David Viloria ", estado Lara ,, quien fue condenado a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑ.....