DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Octavo de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero: LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN POR FALTA DE INTERES, y como consecuencia de ello, EXTINGUIDO EL PROCESO en el juicio que por Resolución de Contrato incoara MARÍA ISABEL HURTADO PUERTA, en contra de la ciudadana ROZIRIS GRISEL RODRIGUEZ RIVAS, ambas identificadas en el encabezado del presente fallo.