ACORDO de Oficio la reforma del respetivo Cómputo, de conformidad a lo establecido en los artículos 482 último aparte y 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal vigente, y a tal efecto se observó: Que el penado GUTIERREZ FREITES VICTOR MANUEL, fue detenido desde el 10-08-2000, permaneciendo en reclusión hasta el día de hoy inclusive, lo cual sumado a CINCO (05) MESES y OCHO (08) DIAS, redimidos da un total de tiempo de detención de TRECE (13) AÑOS, CUATRO (04) MESES y QUINCE (15) DIAS, lo que significa que le falta por cumplir CUATRO (04) AÑOS, UN (04) MES y QUINCE (15) DIAS, terminando de cumplir la pena en fecha SEIS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL ONCE (06-05-2.011).-