Se dictó resolución mediante la cual se declara CON LUGAR la demanda que por fijación de obligación alimentaria, intentara la ciudadana NORMA CECILIA CHIQUITO BAQUE, representación de su hijo, el adolescente SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN de (13) años de edad, en contra del ciudadano FLORO FLAVIO MERO MARCILLO. En consecuencia, se fija como OBLIGACION ALIMENTARIA, mensual la cantidad de 0,39 salarios mínimos urbanos, es decir, DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,oo).