SEGUNDO: Se le impone al Joven Adulto (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA L.O.P.N.A.), identificado en autos anteriores, la MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA establecida en el Artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes por el lapso de DOS (02) AÑOS, por encontrarlo culpable de la comisión del DELITO DE ROBO GENERICO EN GRADO DE COAUTOR, previsto en el Artículo 455 en relación con el Artículo 85 ambos del Código Penal; TERCERO: Líbrese Oficio dirigido al Luces del Alba ¿ Antigua sede del Complejo Carolina Uslar, a los fines de activar el PLAN DE ACCIÓN, donde hagan el señalamiento de las metas a cumplir a largo, mediano y corto plazo, de forma cualitativa y cuantitativa, es decir mencionando la Fecha de Inicio y Fecha de Culminación de cada una de ellas y sea remitido en un lapso no mayor de TREINTA (30) DÍAS, asimismo, remitir el respectivo INFORME EVOLUTIVO en un lapso no mayor de TRES (03) MESES contados a parti.....