DISPOSITIVA.
En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Agraria de La Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: La Perención de la presente solicitud de inspección judicial, solicitada por el ciudadano Silvestre Gerónimo Toro López, supra identificado.
SEGUNDO: Una vez firme el presente fallo, se ordena el cese inmediato del procedimiento y el archivo del expediente.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, en la Ciudad de Calabozo, estado Guárico, a los veintitrés días del mes de marzo del año dos mil trece (23/04/2.013). Años: 203 de la Independencia y.....