este Tribunal Vigésimo Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, declara inadmisible la presente demanda incoada por el ciudadano Leonaldo Amalis Mata Salcedo contra Zuhaila Santander, antes identificados, siendo que para la procedencia de la misma se requiere del cumplimiento previo del procedimiento administrativo previsto en el articulo 5º y siguiente del referido Decreto-Ley. Así se establece.-