Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Sexto de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la presente querella interdictal de amparo interpuesta por el ciudadano RÓMULO ISAÍAS HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, en contra del ciudadano JOSÉ CANDIDO KHAFFAGI, todos anteriormente identificados.
Se ordena el cese de la perturbación, sobre el inmueble constituido: en un terreno que tiene un área aproximada de cien metros cuadrados (100 mts) que ha sido destinado al funcionamiento de un taller mecánico ubicado en la Av. Principal de las Mayas vía la Mariposa, Sector Bermúdez, frente al Club de Suboficiales, al lado del Electroauto Luís, en jurisdicción del Municipio Libertador del Distrito Federal, cuyos .....