Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio incoada por los ciudadanos BELKYS JOSEFINA SALAZAR CHAGUAN y MANUEL CELESTINO ROJAS, antes identificados, y en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que los unía desde el día 27 de Abril de 1986, según consta de la copia certificada del Acta de Matrimonio, anotada bajo el Nº 131, de los libros llevados por ante el Registro Civil del Municipio Josè Félix Ribas del Estado Guárico.-
Liquídese la comunidad de gananciales. º
Publíquese incluso en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia, regístrese y déjese copia certificada en el copiador de sentencia llevado por este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Josè Fèlix Ribas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. En Tucupido, a los veintitrés (23) días del mes de Julio de Dos Mil Trece (2013). Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.-
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