Ahora bien, por cuanto en el presente proceso, se demanda el Cobro de Bolívares (procedimiento intimatorio) de dos (02) letras de cambio signadas con los números 2/3 y 3/3, de fecha 19/05/2011, cada una por la cantidad de DOSCIENTOS MIL BLIVARES (Bs. 200.000,00), lo cual suma la cantidad de CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 400.000,00), y aunado a ello, la parte actora estima la demanda en la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000,00), y por cuanto, en virtud de la Resolución No. 2009-0006, de fecha 18/03/2009, publicada en la Gaceta Oficial de fecha 02/04/2009, No. 39.152, la cuantía de los Tribunales de Municipio es hasta 3.000, Unidades Tributarias, y siendo que la Unidad Tributaria actualmente esta en (76) bolívares que multiplicados por 3.000 Unidades Tributarias, da como resultados la cantidad de DOSCIENTOS VEINTIOCHO MIL BOLIVARES (Bs. 228.000,00), por lo que este Tribunal es incompetente por la cuantía para conocer de la presente demanda, en tal sentido, declina su co.....