Con apoyo a las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Segundo de los Municipios Juan German Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en su competencia CIVIL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda de DESALOJO, intentada por Aura Teresa Vargas de Belisario, en su condición de representante de la sucesión de Erasmo Rodrigues Almeida, contra el ciudadano Luis Enrique Duboy Mirelles. En consecuencia se ordena: PRIMERO: Desocupar la casa y hacer la entrega material de bien inmueble constituido por una casa ubicada en esta ciudad en la avenida Cedeño cruce con calle piar nº 20, cuyos linderos ya han sido mencionados en este fallo. SUGUNDO: El pago de todos los cánones de arrendamientos debidos y los que se sigan venciendo hasta la entrega definitiva del inmueble. TERCERO: La cancelación de los servicios públicos utilizados en dicho inmueble, como .....