"...En este estado, la ciudadana YASMIN RAMIREZ DELGADO, expone: "Hago entrega a este Tribunal, de Cheque de Gerencia Nº 03932433, de esta misma fecha, girado contra la cuenta Nº 0108-0027-74-0900000038, del Banco Provincial, a nombre del Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área metropolitana de Caracas, por la cantidad de CUARENTA Y UN MIL QUINIENTOS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 41.500,00). Es todo". En este estado, el Tribunal, recibe el cheque de gerencia antes mencionado y ordena agregarlo a los autos de la presente Comisión. Es Todo.- Seguidamente el Abogado ROSO ANTONIO CASTILLO, expone: "Por cuanto el monto Embargado Ejecutivamente, no cubre la totalidad de la suma líquida decretada y ordenada por el Tribunal de la Causa, quedando pendiente por embargar la cantidad DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS OCHENTA BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 268.780,00), me reservo el derecho de seguir Emb.....