Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto por ante este Juzgado y en ésta misma fecha, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO, suficiente de propiedad a favor del ciudadano: ANTONIO DE JESÚS DUARTE SANTANA, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.015.447, sobre un lote de terreno denominado "Villa de Jesús" ubicado en el sector La Negra, asentamiento campesino sin información, ubicado en la Carretera Nacional San Fernando de Apure-Calabozo, Camaguan, Parroquia Camaguan, Municipio Camaguan, estado Guárico, el cual tiene una superficie de doscientos cincuenta y ocho hectáreas con novecientos cincuenta y un metros cuadrados (258 has con 951 M2), la misma se encuentra comprendida dentro de los siguientes Linderos; NORTE: Terrenos ocupados por Genaro Castillo y Thay Arana; SUR: Carretera Nacional Camaguan-San Fernando y terrenos ocupados por Ulice.....