Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando como tribunal de alzada constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los abogados SOFIA DEL CARMEN PALENCIA VALERA y ARTURO MARTINEZ en fecha 10 de agosto de 2020 en su carácter de apoderados judiciales del presunto agraviante, y en consecuencia, queda así REVOCADA la sentencia recurrida. SEGUNDO: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional incoada por la ciudadana YENELIN SOFIA MARIN OCHOA contra el ciudadano PIER HENRY CAMPAGNA VERGARA, por haberse verificado las causales de inadmisibilidad contenida en los ordinales 4º y 5º del artículo 6º de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. TERCERO: En virtud de no haber considerado este juzgador teme.....