DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la abogada AMY VIELMA LOZADA, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, en contra de la decisión de fecha 10 de julio de 2006 dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas; en la demanda que por prestaciones sociales han incoado las ciudadanas FANNY REALE y ROSANGELA PINO contra las empresas EMED MEDIO DIRIGIDOS C.A. y SUPER CABLE ALK INTERNACIONAL S.A.