JUZGADO DEL MUNICIPIO "JOSE FELIX RIBAS" DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.
TUCUPIDO, 23 DE NOVIEMBRE DE 2009.
199º Y 150º
Vista la proposición hecha por el Ciudadano: RAFAEL ANDRES NORIA ZAMORA, en su carácter de demandado, y la aceptación de la ciudadana: YHOLIRIZ YHELITZA VALERA RIOS, insertado en el folio 09, donde se estableció que el padre de la menor: XXXXXXXXXXXXXXXX, depositara en la cuenta de ahorro que aperture la madre de su hija en el Banco Banfoandes, la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500, oo) Mensual, asì como también la cantidad de MIL BOLIVARES (Bs. 1000,oo), para gastos de la época decembrina, gastos de mèdico y medicinas cuando el caso lo amerite, y cuando la niña este en època escolar me comprometo a colaborar en un 100% de dichos gastos, en beneficio de su hija; en consecuencia el Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, lo dá por consumado e imparte su homo.....