DECISIÓN
Por las motivaciones que anteceden, este Juzgado Vigésimo Cuarto (24°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1°). Se acuerda la prorroga solicitada en su diligencia de fecha 13 de Noviembre de 2012, de diez (10) días para consignar el informe pericial, en el entendido que la misma se computará a partir del día de hoy, exclusive. Así se decide.
2). Se acuerda lo solicitado por el mencionado experto en su diligencia de fecha 09 de Noviembre de 2012, y en consecuencia, este Juzgador, ordena a la parte demandada en la presente causa, empresa CORPORACION BLUMON 27 C.A, a que entregue la información ordenada en la sentencia dictada en la presente causa y corregida por este Juzgador en los términos precedentemente establecidos, es decir, entregar al mencionada experto, .....