PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada VASYURY VASQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 66.855, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana MARISABEL FELICE PULIDO, titular de la cédula de identidad N° V-6.914.656, contra la negativa de admisión de prueba por parte del Tribunal Quinto (5to) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de este Circuito Judicial, en fecha 01/10/2014.
SEGUNDO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada VASYURY VASQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 66.855, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana MARISABEL FELICE PULIDO, titular de la cédula de identidad N° V-6.914.656, contra la decisión de fecha doce (12) de agosto de dos mil dieciséis (2016), dictada por el Tribunal Tercero (03°) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, en el asunto AP51-V-2013-024955.
TERCERO: SE CONFIRMA la decisión dictada por el Tribunal Tercero (3°) de Primera.....