PRIMERO: ACUERDA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD al ciudadano: Vicente ramón quiñones, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.267.996, natural de San Juan de los Morros, Estado Guárico, donde nació el 15-04-61, de 42 años de edad, de profesión u oficio comerciante, soltero, residenciado en la calle Roscio, casa Nº 55, Ortiz, Estado Guárico, hijo de Vicente Gómez y María Quiñones, a tenor de lo pautado en el artículo 256 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Declara la continuación del proceso por las reglas del procedimiento ordinario, por cuanto se evidencia que aún debe recabarse elementos a la investigación, de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal.