Se declaró, con lugar el recurso de revisión interpuesto por la Defensora Pública Penal Maryuld Thaymid González, Defensora del penado Hilario Antonio Carias Ramírez, contra la sentencia del 09-03-2000, dictada por el Juzgado segundo de Juicio de este Circuito, Extensión Valle de la Pascua, quien lo condenó a cumplir la pena de 13 años; 04 meses; 22 días y 10 horas de presidio, por su autoría en el delito de Homicidio Calificado Frustrado, Lesiones Intencionales Leves Calificadas y Porte Ilícito de Arma de Fuego, previstos y sancionados para la época en los artículos 407, 408.1; 80 segundo aparte; 82; 418; 420 y 278 del Código Penal. En consecuencia, se rectifica la pena conforme a la disposición más benigna que prevé el artículo 405 en concordancia con el artículo 406.1 del Código Penal Vigente, todos ellos en concordancia con los artículos 80 segundo aparte y 82 eiusdem, quedando en definitiva a cumplir en 12 años; 22 días y 10 horas de prisión; más las accesorias de ley. Se funda.....