Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal TRIGESIMO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION MEDIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS administrando justicia, en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara "CON LUGAR", la demanda por cobro de prestaciones sociales, que interpuso el ciudadano ELIO DAVID BLANCO BLANCO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, portador de la cédula de identidad No. V- 6.100.161, debidamente asistido por los Drs. ORLANDO ANTONIO MACHADO CANELÓN y LEONARDO PARRA BUSTAMANTE, ambos abogados debidamente inscritos en el INPRE bajo los Nos. 88.576 y 108.298 respectivamente contra la empresa Sociedad Mercantil MAYOR DE QUESOS, "LA MAJAHUA C.A." (en la actualidad denominada "DISLACQUIN"- Distribuidora de Lácteos Quintero 2030, C.A.).