Llenos como están los extremos del citado artículo 185-A del Código Civil, este Juzgado del Municipio Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos: SANTOS DE JESÚS LARA MARTÍNEZ y ARELYS DEL VALLE RODRÍGUEZ, identificados en autos, el cual contrajeron por ante la Prefectura del Municipio Julián Mellado del Estado Guárico, en fecha 19 de diciembre de 1.991, como consta de acta N° 91, folios 163 al 164 del Libro de Registro Civil de Matrimonios.