DISPOSITIVO.
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como suficientes las diligencias realizadas para decretar Justificativo para Perpetua Memoria de las mejoras y bienhechurias existentes ya descritas, en el lote de Terreno denominado "Fundo Don Pancho", ubicado en el sector La Yeguera Sosera, Parroquia Guardatinajas, Municipio Francisco de Miranda del Estado Guárico, constante de una superficie de doscientas doce hectáreas con dos mil seiscientos setenta metros cuadrados (212 Has. 2670 m2), alinderado de la siguiente manera; Norte: Terreno ocupado por la Cooperativa Palmarito; Sur: Terreno ocupado por los hermanos crespo los hermanos Abreu; Este: Terreno ocupado por los hermanos Crespo y los hermanos Abreu Diamond y Oeste: Caño la Tentación, a favor de la C.....