este Juzgado Vigésimo Cuarto (24°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, después de revisar exhaustivamente el escrito, en primer lugar, de la revisión de los poderes que cursa inserto al folio (12) al (14) y del folio (128) al (132) del presente asunto, los cual acreditan el carácter de los apoderados judiciales de la parte actora y de la demandada, y su facultad expresa para transigir en el presente juicio y, comprobando que el mismo cumple con los requisitos exigidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, al no vulnerar derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, le imparte su HOMOLOGACIÓN en cada uno de los términos expuestos, ya que cumple con los requisitos exigidos para su validez y eficacia, dándole efectos de cosa juzgada. Igualmente este Juzgado deja constancia que por cuanto para el día de hoy, a las 2:00 P.M., se fijo la oportunidad para la celebraci.....