Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara LA INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA interpuesta por la ciudadana MARIA ELIZABETH GONZALEZ PINEDO contra PUNTO PLAZA CENTRO DE BELLEZA y solidariamente a la ciudadana ALEXANDRA BALEVCHI MAKARENK, en cumplimiento de lo dispuesto en la antes referida disposición legal. Publíquese, regístrese y notifíquese y déjese Copia Certificada la presente decisión.