Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES, sigue ante este Juzgado la Institución Financiera BANCO CARONI, C.A., BANCO UNIVERSAL, contra los ciudadanos EDELMA SAURITH MONTERO Y JOSE LUIS BENITEZ BOZO todos suficientemente identificados en el texto del presente fallo. En consecuencia, se condena a la parte demandada, ciudadanos EDELMA SAURITH MONTERO y JOSE LUIS BENITEZ BOZO, este último en su carácter de fiador solidario y principal pagador, todos suficientemente identificados en el texto del presente fallo, en pagarle a la parte actora las cantidades siguientes:
PRIMERO, NOVENTA Y UN MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS BOLIVARES CON SETENTA Y UN CÉNTIMOS (Bs. 91.666,71), por concepto de capital.
SEGUNDO, CINCUENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS SETENTA .....