Dispositiva
Por todo lo expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Guarico, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos:
Primero: Se declara Sin Lugar, el Recurso de Revisión de Sentencia, interpuesto por la Abg. Marydeé Rodríguez, en su condición de Defensora Pública Penal Nº 11, con Competencia Penal Ordinario en Fase de Ejecución de Sentencias, adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del Estado Guárico, con sede en San Juan de Los Morros, contra el Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, mediante la cual condenó en Sentencia por Admisión de los Hechos al ciudadano Luís Leonel Brelio Valero a cumplir la pena de Seis (6) Años y Ocho (8) Meses de Prisión, por la comisión de los delitos de ASALTO A TAXI EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el tercer aparte del artículo 35.....