Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECRETA LA EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL POR CUMPLIMIENTO DE LA CONDENA, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, al ciudadano JOSÉ GREGORIO DOMÍNGUEZ PALACIOS, titular de la cédula de identidad N° 04.674.367, quedando sujeto a la vigilancia de la autoridad pública hasta el 25-09-2010, de acuerdo a lo previsto en el artículo 13 numeral 3° del Código Penal, en relación con el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal